Nueva forma de legislar

[Foto: Agencia Andina]

El Congreso aprobó los reglamentos que darán forma al retorno de la bicameralidad en 2026, redefiniendo competencias, reorganizando comisiones y manteniendo prerrogativas.

Por Alexandra Jave

En el mes de octubre, el pleno del Congreso aprobó, con 79 votos a favor, 20 en contra y 5 abstenciones, los reglamentos que regirán al nuevo sistema bicameral que empezará a funcionar a partir del 2026. La decisión representa un paso decisivo en la implementación de la reforma constitucional que restituyó la bicameralidad después de más de tres décadas. Con estos reglamentos, el Parlamento redefine su estructura interna y establece cómo operarán la futura Cámara de Diputados y el Senado, así como las reglas de coordinación entre ambas.

La aprobación de estos documentos no es un asunto meramente procedimental. Los reglamentos determinan la lógica de funcionamiento del poder legislativo: qué competencias tiene cada cámara, cómo se tramitan las leyes y qué límites o situaciones mantiene el Congreso frente al resto del Estado. Es decir, es el marco que determinará la calidad del proceso legislativo en el país durante los próximos años.

El Reglamento del Congreso contiene 153 artículos y establece los principios generales, las disposiciones sobre organización y funcionamiento, los procedimientos parlamentarios y los mecanismos de coordinación entre ambas cámaras. En tanto, el de la Cámara de Diputados cuenta con 197 artículos, mientras que el del Senado tiene 204, ambos con disposiciones complementarias finales y transitorias.

Los textos normativos también precisan los derechos, deberes e incompatibilidades de senadores y diputados, así como el régimen disciplinario y las normas de ética parlamentaria. De igual modo, se introducen cambios en la estructura interna del Congreso, adaptándola al nuevo modelo. Entre ellos, se incluye la creación de órganos especializados para la revisión legislativa, la armonización de leyes y la coordinación entre ambas cámaras.

Alcances del nuevo esquema bicameral

La restitución de la bicameralidad establece una nueva arquitectura política. Ante ello, Arturo Alegría García, congresista de Fuerza Popular, detalló que el nuevo esquema responde a un modelo de “asimetría funcional”. La Cámara de Diputados será la instancia de iniciativa legislativa y control político, mientras que el Senado asumirá la revisión de normas, el control constitucional y la ratificación de altos funcionarios. 

La idea principal es generar una división funcional que permita leyes consistentes y un contrapeso al Ejecutivo. Sin embargo, el abogado especialista en derecho electoral, José Naupari, advirtió que “el Senado va a concentrar mucho poder y eso más bien podría ser entendido como un desequilibrio de poder intraorgánico”. En suma, el funcionamiento del sistema político revela tensiones más profundas.

Para Naupari, los últimos años han mostrado un desplazamiento del equilibrio entre poderes, en el que el Congreso ha asumido un rol dominante frente al Ejecutivo. “Nos hemos convertido en un parlamentarismo de facto en los últimos cinco años, una situación que condiciona la forma en que operará la nueva bicameralidad”, señaló el experto.

Cuestionamientos y continuidades

A pesar de la aprobación mayoritaria, los reglamentos han generado un clima de crítica y desconfianza. Varios congresistas y organizaciones civiles sostienen que la reforma conserva prácticas que minan la credibilidad del Parlamento. Entre los puntos más cuestionados se encuentra la eliminación de la comisión de Pueblos Andinos, la falta de cambios en la Comisión de Ética y la permanencia de privilegios parlamentarios, como la inviolabilidad del recinto.

Según el reglamento, el número de comisiones ordinarias se reducirá de 24 a 18, con el objetivo, según el documento, de “optimizar la participación parlamentaria y evitar duplicidades”. En ese sentido, uno de los cambios más polémicos es la eliminación de la Comisión de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuanos, Ambiente y Ecología, un espacio que históricamente ha canalizado demandas de territorios, identidad cultural y protección ambiental.

Para organizaciones indígenas y defensores de derechos humanos, su eliminación constituye un retroceso en la representación de los pueblos originarios, especialmente en un país donde la diversidad cultural debería estar integrada a la toma de decisiones estatales más altas. A esto se suma Silvana Robles del Bloque Magisterial, que también expresó su rechazo por la eliminación de esta Comisión, lo que calificó como una “decisión política inaceptable”. Según Naupari, es un error haber eliminado esta comisión, ya que “les quitas (a los pueblos originarios) territorialmente un espacio especializado que entienda su problemática”. 

Continuidades clave

El mantenimiento de la inviolabilidad del recinto parlamentario ha sido otro punto de fricción. Este principio implica que el Congreso puede impedir el ingreso de autoridades externas, incluso ante eventuales diligencias fiscales o policiales.

“Respecto a delitos comunes, no creo que corresponda una inviolabilidad absoluta, porque ello puede limitar el ejercicio de la función jurisdiccional”, comentó el abogado. En un Parlamento que implementa la bicameralidad, la permanencia de este tipo de prerrogativas podría estar generando un contraste con los esfuerzos de reorganización institucional. Mientras se modifica la estructura legislativa, algunos mecanismos tradicionales, como la inviolabilidad del recinto parlamentario, se mantienen sin cambios.

Por último, la estructura de la Comisión de Ética se mantiene sin cambios significativos y eso ha despertado un cierto rechazo, como el caso de Ruth Luque, perteneciente al Bloque Democrático, quien ha mostrado su disconformidad con esto. Asimismo, José Cevasco, exoficial mayor del Congreso, señaló que le hubiera gustado que se elimine porque “establece un procedimiento demasiado largo para sancionar éticamente a los congresistas que se portan mal”.

En conjunto, los reglamentos aprobados marcan el inicio de una nueva etapa para el Congreso peruano, con una estructura bicameral que redefine funciones, procedimientos y órganos internos. Aunque algunas disposiciones mantienen prácticas tradicionales y otras introducen ajustes en la organización legislativa, su impacto real dependerá de la implementación que se haga en los próximos meses y del funcionamiento coordinado entre ambas cámaras.

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